Seguro de Responsabilidad Civil y Seguros Médicos de los pacientes.

15 de octubre de 2020
seguros médicos

Cuando uno comienza su andadura por los centros privados, tiene que asegurarse de tener toda la documentación en regla y al día, títulos y especialidad, estar colegiado con el seguro médico en activo, estar dado de alta como autónomo, y tener el certificado digital para agilizar los procesos de firmas de documentación variada. Además, la Ley 44/2003 establece claramente la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil para todos aquellos profesionales que ejerzan su actividad en la sanidad privada.

En concreto el artículo 46 establece lo siguiente:

«Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia privada, así como las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligadas a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios.» (2)

 

Seguro de Responsabilidad Civil

Un seguro de Responsabilidad Civil (RC) brinda protección y seguridad al profesional médico y al paciente. Existen múltiples productos en el mercado con coberturas especialmente diseñadas para el desempeño de la profesión médica y los riesgos que implica.
Desde una perspectiva global, los seguros de Responsabilidad Civil para personal médico amparan la RC legal derivada de negligencia o impericia en:

• El desempeño de la actividad profesional y la de los empleados (que ejerzan una profesión médica) a cargo del titular de la póliza.
• La ejecución de un procedimiento quirúrgico que afecte la salud, integridad física o la muerte de sus pacientes.
• La posesión y uso de aparatos de tratamientos de diagnóstico o terapéutica, y equipos de medicina nuclear y materias radiactivas.
• El suministro de medicamentos, drogas u otros materiales médicos.
Así como:
• Los daños y/o gastos legales a cargo del asegurado, resultantes de una reclamación a causa de un acto médico erróneo en la prestación de sus servicios profesionales presentada durante la vigencia de la póliza.
• Gastos de defensa legal, por ejemplo, el pago de las primas por fianzas judiciales en garantía de la suma reclamada.
• Gastos de defensa penal, el pago de las cauciones o primas de la fianza de caución para que el asegurado alcance su libertad preparatoria, provisional o condicional.
Por supuesto, quedan fuera de la cobertura de cualquier seguro de Responsabilidad Civil para personal médico las multas o sanciones administrativas y las prácticas laborales incorrectas.

Seguros Médicos de los Pacientes

Una vez completado este último requerimiento legal, ya podemos comenzar la actividad en la Clínica privada. En este momento hay que tomar una decisión que afecta a los ingresos y el número de pacientes. Hay que decidir si trabajar sólo viendo a pacientes privados exclusivamente, es decir, pacientes que pagan por cada consulta o tratamiento. Son muy rentables pero difíciles de captar. Más aun para un médico que está empezando y no cuenta con un nombre dentro de su población. En estos pacientes el boca-oído es crítico y esto sólo se consigue con el tiempo. O, completar la consulta con clientes de aseguradoras que, aunque son mucho menos rentables, son más fáciles de captar.

Si decides trabajar con pacientes de aseguradoras privadas, previamente a la firma del contrato, te recomendamos que aclares con la clínica cuáles son las compañías aseguradoras a las que está adherida, para tramitar tu alta.
Otros temas que no puedes olvidar son:

• Pedir al centro copias de todos los baremos actualizados para tu especialidad, de cada una de las compañías aseguradoras para saber qué actos médicos te son más rentables.
• Aclarar qué actos se podrán hacer en consulta y cuales se harán fuera. Por ejemplo, si no es posible realizar cirugías en el centro, es importante saber si ya tienen un centro acordado donde hacerlas, o bien, si tú puedes decidir dónde operar a los pacientes.

Por último, no debes olvidar que cada compañía aseguradora de pacientes, tiene sus propias políticas comerciales que te afectan directamente o indirectamente porque afectan al paciente. Estas son algunos de los que consideramos más importantes:

Coberturas del seguro

No todos los seguros sanitarios privados tienen las mismas coberturas ni las compañías aseguradoras tienen los mismos procedimientos. Esta obviedad, te obliga a conocer, aunque sea por encima, las limitaciones en las coberturas más habituales de las aseguradoras con las que trabajas: qué procedimientos y cirugías necesitan autorización; si hay un límite de procedimientos mensual o que procedimientos están normalmente excluidos y, sobre todo, qué papeleos requieren.

Copagos

Un paciente con una póliza de copago siempre va a suponer más burocracia para ti como médico, además de más explicaciones sobre porqué un procedimiento es mejor que otro que implica un desembolso menor para el paciente.
Servicios online o telemáticos

Con la pandemia de COVID, algunas aseguradoras están cambiando la forma de trabajar y es importante estar informado de las normas de las consultas telemáticas para tu especialidad y de qué apoyo diagnóstico tienes disponible.

La telemedicina es un procedimiento que a algunos profesionales apasiona y a otros horroriza. Si eres de los segundos y las aseguradoras para las que trabajas la adoptan como medio de diagnóstico habitual seguramente tengas que replantearte tu decisión de trabajar con ellas.

En resumen, una vez elegidas las aseguradoras con las que vas a trabajar, es preciso tener en cuenta ciertas cuestiones que pueden limitar sus pruebas, tratamientos…
En cualquier caso, elijas la opción que elijas, ten claro que la fidelización de los primeros pacientes que entren a tu consulta, es la clave para empezar el proyecto con buen pie.

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