Los grados en ciencias de la salud, están a la cabeza entre las titulaciones mejor posicionadas y demandadas. En el caso concreto de la medicina, el exceso de demanda hace que cada vez sea más difícil encontrar un puesto de trabajo fijo. Esto es debido al auge de los contratos temporales, sobre todo cuando el médico es recién titulado y no tiene experiencia demostrable. Una vez se ha conseguido un puesto, es muy importante tener en cuenta todas las bases que un sanitario debe exigir en su contrato. Una de ellas son los porcentajes por cada acto médico realizado, es decir, lo que abona el paciente y que repercute en los honorarios del facultativo; vamos a analizar cuáles serían y los aspectos a tener en cuenta.
Cuando un profesional de la medicina empieza su carrera, en la mayoría de centros médicos, se suele proponer un porcentaje para el médico más bajo del habitual. Esto se debe fundamentalmente a que el facultativo, al carecer de experiencia y de cartera de clientes, contribuye a continuar la línea ya establecida por la clínica o centro médico y, por tanto, deberá pasar algún tiempo para que adquiera experiencia y notoriedad, que suplementen la que ya ostenta la clínica.
Esta propuesta es muy razonable, pero solo si contamos que sería para un periodo de tiempo no superior a los 6 meses, ya que en esos meses se habrá podido demostrar la valía del nuevo doctor. Estos porcentajes que comentábamos anteriormente suelen oscilar entre el 60 al 65% para el doctor. Una vez pase el periodo de tiempo acordado para saber si es apto o no para el puesto, debería estar escrito en el contrato que se pasará al porcentaje habitual, que sería del 70%. Si el doctor es experimentado y además trae consigo una cartera de clientes asociada a su experiencia como médico, sería adecuado negociar el porcentaje para otorgarle desde un principio el 75% o más.
A su vez, también sería recomendable pactar que el centro hará publicidad para promocionar su consulta y que sus antiguos pacientes, así como los nuevos, puedan encontrarle fácilmente. Con esto último se entiende que sería una publicidad de posicionamiento online en redes sociales y publicidad en AdWords que es la más efectiva y colocaría al doctor en los primeros resultados de búsquedas cuando algún paciente lo busque desde su navegador o en sus propias redes.
Pero estos no son los únicos porcentajes que podemos aplicar en este ámbito para el profesional médico, también existen porcentajes aplicados a conceptos externos a la consulta, como por ejemplo las cirugías. En el caso de las cirugías los porcentajes aquí oscilarían entre el 85% y el 90% para el médico. Algo importante que es necesario remarcar y estipular en el contrato es que, para operaciones con cierta cuantía, y sobre todo cuando éstas son de compañías médicas, las cuales suelen pagar muy poco, ese porcentaje sea el mínimo posible o más bien nulo.
Por otro lado, también nos encontramos que existen actos médicos que suelen implicar gastos de material por parte del centro, sobre todo cuando se trata de materiales muy específicos, como por ejemplo la implantación de un DIU Mirena, cuyo coste llega hasta los 150 €. Aquí se aplicaría el porcentaje acordado en el contrato una vez deducido el coste del material empleado.
Otros actos que podrían considerarse externos son los usos de equipamientos especiales, ya que, tanto su adquisición como mantenimiento son muy costosos e implica que el centro tenga que hacer mayor inversión. En estos casos, el porcentaje para el doctor es menor y suele oscilar en torno al 50%, debiéndose plasmar en su contrato, ya que, si no es así, se aplicará el porcentaje general acordado. Ejemplo de ello son los tratamientos por láser o las ecografías.
Por todo esto, debemos tener en cuenta siempre estos detalles a la hora de negociar un contrato y a su vez, recibir la parte que nos corresponde como profesionales médicos.
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